feria peñalolenLa idea de contar con una normativa, que ordene, reconozca y proteja esta actividad, surge desde las organizaciones de feriantes, en el año 1998, en plena crisis asiática, cuando se decía que las ferias libres iban a desparecer frente al crecimiento de los supermercados. La Ley de Ferias Libres permitiría que por primera vez, en más de 200 años, las Ferias Libres pasen a ser un tema de Estado.  

1Una Ley para las Ferias Libres

Contexto histórico

Las ferias libres como formato de abastecimiento de alimentos de la población, tienen acta de nacimiento en tiempos de la Colonia, en el año 1789, en la ciudad de La Serena.

Durante el siglo XX se movilizaron arduamente por tener un reconocimiento legal. Recién en diciembre de 1938 – bajo el gobierno de Pedro Aguirre Cerda – fue reconocida su importancia y se legalizó el uso de espacios públicos – calles, plazas, otros – para su actividad, como solución a los problemas de acceso a los alimentos de la población de menores ingresos.

En los años 60 e inicios de los 70 del siglo pasado, el oficio de feriante fue reconocido como parte del Ronaco – Rol Nacional de Comerciantes – y se aprobó a la vez un Sistema Previsional para el sector, junto a otros comerciantes, pequeños empresarios, campesinos y otros. La dictadura militar eliminó el Sistema Previsional del sector, el Ronaco y puso bajo dependencia municipal a las ferias libres.

Con la creación de la Asociación Nacional de Organizaciones de Ferias Libres, Persas y Afines (ASOF), al inicio de este nuevo siglo, las ferias han postulado diversas iniciativas para ser reconocidas como actores importantes del desarrollo del país.

En enero de 2008, la presidenta Michelle Bachelet, aprueba un Fondo de Desarrollo de las Ferias Libres, propuesto por ASOF, que generará el actual Fondo de Desarrollo Feria Libre de Sercotec, que ha funcionado desde 2009 a la fecha.

El 2013, ASOF acuerda con organizaciones campesinas, de pescadores artesanales y de consumidores, constituir la Corporación Observatorio del Mercado Alimentario, CODEMA, que es hoy referente del canal alimentario agropesquero tradicional, que debe ser base de un Sistema Alimentario Saludable y Sostenible, que aporte a revertir la epidemia principal del país – la malnutrición, obesidad y sobrepeso – que afecta al 70% de l@s chilen@s mayores de 15 años y al 54% de l@s niñ@s.

Hoy, ASOF postula la urgencia de una Ley de Ferias Libres, que les posibilite la autogestión de ellas, para cumplir su rol en la sociedad.

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Actual situación

El Proyecto de Ley de Ferias Libres empezó a discutirse en el año 2003 durante el Gobierno de Ricardo Lagos, y fue aprobado por la Comisión Pyme de la Cámara de Diputados, en el año 2005. Trata sobre el establecimiento, funcionamiento y administración de las ferias libres.

A fines del año 2018, la Comisión Pyme y Economía analizó la posibilidad de reactivar esta iniciativa legislativa debido a la relevancia que tienen las ferias libres para el país. Sin embargo, su tramitación fue suspendida, en mayo de 2019. Para ASOF, es sumamente importante que la discusión vuelva a plantearse y que los comerciantes de ferias libres sean capaces de debatir en sus asambleas y reuniones acerca de la relevancia de una Ley para el sector, y que ésta sea construida con el aporte de todos y todas, tomando elementos positivos, que están contenidos en el actual proyecto de ley y que fueron trabajados y consensuados en amplias discusiones parlamentarias y con los feriantes.

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Infórmate, Participa y Propone. Discutamos una Ley para las Ferias Libres: Por eso, instamos a nuestros colegas a que juntos “Discutamos una Ley para las Ferias Libres”, promoviendo espacios de discusión, debate y propuestas al respecto. En ello, es esencial que te informes sobre el actual Proyecto de Ley de Ferias Libres, que está en el Parlamento y que analices sus pros y contras, y así generemos un marco regulatorio acorde a nuestras necesidades. Escríbenos tus consultas a comunicaciones@asof.cl o infórmate sobre la Ley en el siguiente link: http://asof.cl/ley-ferias-libres/

feria libre

Hitos esenciales en lo legislativo y ferias libres

  • 1938: el Municipio de Santiago aprueba el uso de las calles para comercio de ferias de chacareros.
  • 1969: se crea el Registro Nacional de Comerciantes y el Consejo Nacional del Rol Nacional de Comerciantes de Ferias Libres Ambulantes y Estacionados de Chile. La ley Ronaco fue eliminada en dictadura.
  • 1997: Se anuncia en medios de prensa la idea de que “se acaban las ferias” por la incursión del supermercadismo y el retail.
  • 1998: Se realiza el “Seminario de Shoenstatt” – comuna La Florida, que deja 3 lineamientos: recuperar la Organización Nacional de Ferias Libres y la Ley de Ferias Libres e iniciar el Proceso de Modernización.
  • 2001: se constituye ASOF AG para la defensa, desarrollo y unidad de las ferias libres de Chile. En 2013, se transforma en Confederación de Organizaciones de Ferias Libres (ASOF C.G).
  • 2003: Se inicia discusión sobre el proyecto de ley de ferias libres.
  • 2008: Decisión presidencial que aprueba iniciativa de Asof para el diseño y posterior implementación del fondo de fomento para el desarrollo de las ferias libres.

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La relevancia de las Ferias Libres para el País

Impacto en distribución de alimentos sanos y frescos: distribuyen 70% de productos hortofrutícolas a nivel nacional, 50% productos marinos frescos y 50 en huevos (Fuente: ASOF). Son 1.114 ferias libres en el país (Fuente: Sercotec).

Impacto en la economía y empleo: las ferias libres movilizan al año cerca de US$ 2.500 millones y brindar empleo directo a 340.000 personas (Fuente: Asof y Sercotec).

Impacto en la comunidad: se estima que visitan las ferias libres 2 millones de personas sólo en la R.M los fines de semana (Fuente: ASOF). Es un lugar de encuentro y comunidad. La plaza pública.

Relevancia patrimonial e histórica: las ferias libres tienen más de 200 años de vida. Se tienen antecedentes de la primera feria libre, como las que conocemos hoy, en el año 1789, cuando el Cabildo de La Serena permitió que en la Plaza de Armas “los primeros sábados de cada mes, se vendiese toda clase de legumbres, frescas o secas, aves y carnes- muertas o vivas-, manufacturas de loza, tejidos de lana, cáñamo de algodón y todo cuanto la industria de estos habitantes puedan acopiar para vender”.

 

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¿Cuál es la importancia de una Ley para las Ferias Libres y los elementos existentes en el actual Proyecto de Ley?

Una Ley nos entregaría reconocimiento jurídico a la actividad feria libre. Las ordenanzas solo tienen vigencia comunal y, de esta manera, por primera vez seremos parte de políticas públicas nacionales.

Una Ley eliminaría la precariedad de los actuales permisos. El actual Proyecto de Ley (PL) estipula la figura de una concesión (acción de otorgar una administración a particulares o empresas el derecho para explotar alguno de sus bienes o servicios durante un tiempo determinado). Se propone que la concesión sea individual y a personas naturales (los feriantes). Ello permitiría transferir, heredar y en casos especiales, se podrán arrendar esas concesiones. Sin embargo, hay que consensuar y debatir el mecanismo más adecuado para lograr empoderamiento y seguridad a la feria.

Una Ley posibilitaría ordenamiento a la feria. El actual PL crea una organización única de la feria, en base a las ya existentes (sindicatos, asociaciones gremiales, funcionales u otras), que se denomina Asamblea General y que nos representaría frente a los actores externos. Esta asamblea no elimina a las organizaciones internas de la feria, que pueden seguir funcionando (sindicatos, asociaciones, etc). Además, se genera un Reglamento interno de la Feria.

Una Ley generaría derechos y deberes. Con Ley no se nos puede trasladar sin justificación. El municipio, para crear o trasladar una feria, debe solicitar un informe técnico, que establezca el impacto ambiental, social y la viabilidad económica de la feria. Así mismo, se sanciona a los comerciantes que tengan malos comportamientos, inclusive puede caducarles la patente, a través de un reglamento interno (parecido a las ordenanzas, pero con poder de sanción).

Una Ley podría garantizar recursos para la capacitación. El actual PL propone que las ferias libres puedan usar los recursos de la franquicia tributaria (SENCE) para la capacitación de sus comerciantes. No habrá un cambio significativo que asegure la permanencia de las ferias sino se produce un cambio en la mentalidad del feriante mediante la capacitación (vista como un derecho), pasando de la cultura asistencial a una de emprendimiento, poniendo el acento en la organización de la feria.

La aplicación de la ley será voluntaria de acuerdo a la mayoría de la feria. El actual PL indica que una vez promulgada la Ley, para que se aplique, será requisito indispensable que cada feria en su totalidad vote su aprobación o rechazo. En caso de ser rechazada, la feria seguirá trabajando bajo el actual régimen municipal. Las ferias que rechacen la Ley, podrán solicitar con el 60 %  de sus integrantes a lo menos dos años después reconsiderar su decisión. La Ley será obligatoria para las ferias que se creen con posterioridad a la promulgación de la ley.

La ley no significará un mayor costo a los feriantes. El actual PL plantea mantener el mismo costo que equivale al pago de la actual patente de feria libre.

Una Ley que busca el trabajo asociado con el municipio. El principal cambio que plantea este PL es que propone una mejor relación entre ferias y municipio, con un “rayado de cancha” que regula los principales aspectos del quehacer de las ferias libres. La Municipalidad no podrá tomar decisiones unilaterales, de manera arbitraria, sobre el funcionamiento y mantención de las ferias libres, tales como: trasladar la feria de manera arbitraria ni hacer crecer la feria ilimitadamente. El municipio deberá confeccionar y mejorar la Ordenanza (seguirá existiendo junto con el contrato de administración), considerando la opinión de los feriantes.

Una Ley que integra a las ferias al desarrollo urbano. El PL contempla que ferias libres sean integradas en el proceso de expansión de la ciudad y su desarrollo urbano. Así también, las ferias se comprometen a un mayor ordenamiento, cuidado del entorno, mejor relación con la comunidad y responsabilidad por el cuidado del lugar en que se emplazan.

 

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¿Tienes Algunas dudas respecto al Proyecto de Ley de Ferias Libres?

  1. ¿Es cierto que este Proyecto de Ley busca privatizar la feria? No, porque el Proyecto de Ley propone mantener la condición de un puesto por persona, lo que pasará a ser a una concesión de puesto por persona, por lo que será imposible que un feriante tenga más de un puesto a su nombre. Por otro lado, se impide que una empresa jurídica adquiera una concesión de un puesto de feria libre, por lo que no es efectivo que una empresa se pueda “apoderar” de una feria.
  1. ¿Quién estará a cargo de administrar la feria cuando entre en vigencia la Ley? La feria mantiene su tamaño, en número de puestos. El municipio podría incorporar nuevos puestos (concesiones) sólo con el acuerdo de la asamblea de la feria. Se crea una organización única de la feria, que se denominará Asamblea General y elegirá la Directiva de Administración para toda la feria. Esta representará a la feria ante cualquier evento. No obstante, se podrán mantener las actuales organizaciones, como son los sindicatos, asociaciones gremiales, funcionales u otras, pero no tendrán la representación de la feria. El municipio, para crear o trasladar una feria, debe solicitar un informe técnico, que establezca el impacto ambiental, social y la viabilidad económica de la feria.
  1. ¿Por qué la Ley producirá un ordenamiento total en las Ferias Libres? La feria se compromete como un todo a su ordenamiento, en base a las ordenanzas municipales. Se deberá confeccionar un Convenio de Administración, que se firmará con el municipio. El no cumplimiento facultará al Alcalde para caducar las concesiones. Se crea un reglamento interno de la feria que facultará a las asambleas a sancionar a los feriantes que no lo respeten, creando un sistema de sanciones que puede llegar a exigir del municipio la caducidad de la concesión individual, a lo cual este estaría obligado.
  1. ¿Tiene ASOF indicaciones al actual Proyecto de Ley? Si, más de 30 observaciones, algunas de redacción y otras de contenido. Entre los 2 aspectos más importantes es que propone que el Fondo de Desarrollo de Ferias Libres, que actualmente administra Sercotec, se incorpore a la Ley y con ello se asegure su permanencia en el tiempo al ser parte del presupuesto nacional. Además, propone la creación de un Concejo Nacional, que supervise el desarrollo de las ferias libres en el país y concejos regionales que cumplen esta función a ese nivel.
  1. ¿Por qué es relevante la Ley para la feria, el feriante y la comunidad? La futura Ley de Ferias Libres es concebida por ASOF como un modelo de administración, que otorga a las ferias la responsabilidad de su gestión. Pensamos que solo el desarrollo de todas las áreas de la actividad es su mejor defensa en el tiempo. En este sentido, el actual proyecto de ley considera a la feria como una unidad económica, constituida por comerciantes de ferias libres, que debe competir en el mercado con una mentalidad empresarial, donde la asociatividad debe jugar el rol principal, para seguir siendo, no sólo un actor económico en el desarrollo local, sino que  como uno de los pilares barriales que permite el encuentro de los vecinos. Además, promueve que las ferias integren en su visión una mirada de desarrollo sostenible, integrando junto al valor económico en su quehacer, el respeto por el medioambiente, relación amigable con la comunidad y por las condiciones laborales de los feriantes.
  2. ¿De qué se trata el reglamento interno? ¿Una vez entrada en vigencia la Ley, qué estará uno sobre el otro, el Reglamento o la Ordenanza? La Ley propone un nuevo ordenamiento jurídico de las ferias libres, por lo que conviene considerar el nuevo escenario normativo y no mezclarlo con lo actual, pues puede confundir más su interpretación. El proyecto propone formas de funcionamiento de las ferias libres que todos los Municipios y ferias adheridas deberán incorporar en sus ordenanzas, reglamentos internos y estatutos. Nadie podrá estar por sobre la Ley y en este caso la Ley será el marco de referencia por sobre todas las otras formas normativas, ya sean municipales o reglamentarias.

Material de trabajo para sus bases y organizaciones

pdfBaje acá volante sobre la relevancia de tener una Ley para las Ferias Libres: Volante Ley Ferias Libres 28_05_2019

 

Volante Ley Ferias Libres 2…

pdf

 

Baje acá: Minuta para Feriantes Ley de Ferias Libres 28_05_ 2019

Minuta Para Feriantes Ley de Ferias Libres 28-05-2019

pdf Bajé acá Proyecto de Ley de Ferias Libres que está en el Parlamento

INFORME C.PYME TEXTO 

INFORME DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, REFERIDO AL PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE UN SISTEMA DE FUNCIONAMIENTO Y RÉGIMEN DE ADMINISTRACIÓN DE LAS FERIAS LIBRES